Tipos de actividades que necesitan licencia de apertura de actividad
En general cualquier actividad que se quiera realizar en un local, nave u oficina necesitará una licencia de apertura de actividad.
La licencia de apertura de actividad será requerida entonces para todas las actividades. La diferencia entre las distintas licencias la va a marcar el procedimiento.
Hay dos procedimientos para solicitar la licencia de apertura en los ayuntamiento:
-Licencia Ordinaria. Se solicita la licencia presentando la documentación y hay que esperar a que el ayuntamiento emita la licencia (actividades calificadas, en general actividades en industrias)
– Por Declaración Responsable de Actividad. Desde el momento que se presenta la documentación se puede empezar la actividad (en general actividades inocuas)
En ocasiones bares y cafeterías se pueden tramitar por declaración responsable de actividad pero dependerá de cada ayuntamiento.
Las actividades más solicitadas:
HOSTELERÍA
Cafeterías:
Las cafeterías son establecimientos de pública concurrencia cerrados y cubiertos, donde se sirven al público, de manera profesional y permanente, mediante precio, principalmente en la barra o mostrador, aunque también puede servirse en mesas, bebidas y comidas a cualquier hora en las que permanezca abierto el establecimiento, confeccionados normalmente a la plancha o cualquier otro método que permita servir una comida rápida.
Bares y café-bares:
Los bares y café-bares son establecimientos fijos o desmontables de pública concurrencia, cerrados, cubiertos, semicubiertos o descubiertos donde se sirve al público de manera profesional y permanente, mediante precio, principalmente en la barra o mostrador, aunque también puede servirse en mesas, bebidas. Se permite servir tapas, bocadillos, raciones y similares, siempre que su consumo se realice en las mismas condiciones que el de las bebidas y no implique la actividad de restauración.
Bares-restaurante:
Los bares-restaurantes son establecimientos de pública concurrencia cerrados, cubiertos, semicubiertos, o descubiertos, en los que se ejerce, de manera diferenciada las actividades de bar y de restaurante. En estos establecimientos el servicio de mesas de restauración tiene que estar claramente delimitado de la zona del mismo destinada a bar.
Otros establecimientos:
Los demás establecimientos del sector hostelero dedicados al servicio de comidas y/o bebidas con denominaciones tales como cervecerías, tabernas, mesones, hamburgueserías, pubs, pizzerías, autoservicios, heladerías, etc., se asimilarán a uno de los tipos genéricos definidos anteriormente, con aplicación de la normativa específica de los mismos. Quedan incluidos aquellos establecimientos en los que se sirvan comidas procedentes de cocinas centrales legalmente autorizadas.
ACTIVIDADES INDUSTRIALES
Actividades artesanales:
Tales como: cerámica y alfarería, tejidos en fibra vegetal, bisutería en general, pinturas al óleo, orfebrería, tejidos en hilo, artículos de cuero, estampados, etc
Talleres:
Talleres de electricidad e iluminación, talleres de conformado, torneado, fresado y acabado de acero y aluminio.
Industrias:
Siderurgia, metalurgia, cementera, química, petrolera, automovilística, alimentación, textil, farmacéutica, agroindustria.
Almacenes:
Grandes y pequeños almacenes de todo tipo de artículos, ya sean almacenes por estanterías, estibación o robotizados.
OCIO Y ESPECTÁCULOS
Discotecas:
Las discotecas son locales destinados principalmente, aunque disponen de servicio de bebidas, a ofrecer al público la actividad recreativa de baile, en los que existen para ello una o más pistas de baile, en las que no podrá realizarse ningún otro tipo de actividad recreativa o espectáculo. Se considera pista de baile el espacio delimitado y destinado, con carácter exclusivo, a tal fin, desprovisto de elementos constructivos y mobiliarios, de dimensiones suficientes para inscribir en él un círculo de 7 metros de diámetro.
En estos locales, el soporte musical utilizado puede ser mediante actuaciones en directo (conjuntos musicales, músico-vocales, cantante y amenizador), reproducción mecánica o electrónica, o alternando ambos sistemas.
Para poder realizar actuaciones en directo tienen que estar dotados de escenario y camerinos.
Pub / Bares especiales:
Los Pubs y bares especiales son locales cerrados y cubiertos dedicados principalmente de forma profesional y habitual a proporcionar, a cambio de precio, bebidas a los concurrentes para su consumo exclusivamente en el interior del local, teniendo como actividad especial y complementaria amenizar al público asistente mediante ambientación musical. Estos establecimientos deberán estar debidamente insonorizados evitando perturbar el entorno medioambiental. No tiene pista de baile
Café-espectáculo:
Los café-espectáculo son locales cerrados y cubiertos con servicio de bar, cuya actividad principal es ofrecer representaciones de obras teatrales u otros espectáculos públicos propios de la escena a cargo de actores o ejecutantes, así como ejecuciones musicales o músico-vocales a cargo de uno o más intérpretes. En estos locales no puede celebrarse la actividad recreativa de baile. Disponen de espacio destinado a camerinos, y en la zona delimitada para las actuaciones o representaciones pueden disponer, o no, de escenario, de atrezo y otros accesorios.
No disponen de cocina, plancha o cualquier otro medio de preparación de alimentos.
Casinos:
Los casinos son establecimiento en el cual la atracción principal son los juegos de azar tales como son la ruleta, el black jack o veintiuna, el craps, el punto y banca, el póquer y las máquinas tragamonedas.
Salones de recreo y diversión:
Los salones de recreo y diversión son locales cerrados y cubiertos cuya finalidad es ofrecer juegos en los que a cambio del pago de un precio se puede disfrutar de un tiempo de juego, sin otro premio que, eventualmente, la repetición de dicho divertimento. Comprende tanto las mesas o máquinas meramente mecánicas (billares, futbolines y similares), como las electrónicas. No se puede instalar en estos locales cualquier tipo de máquina cuyas características e instalación estén reguladas por la Normativa Sectorial de Juego.
Cines:
Los cines son locales o recintos cerrados, cubiertos, semicubiertos o descubiertos, cuya actividad es la proyección en pantalla, como espectáculo, de películas mediante cualquier medio técnico, autorizado por su normativa sectorial. En los permanentes el público ocupará localidades de asiento fijas. Asimismo, podrán disponer de servicio complementario de ambigú.
Teatros:
Los teatros son locales, recintos o instalaciones cerrados que pueden estar cubiertos, semicubiertos o descubiertos, destinados a la representación de obras teatrales u otros espectáculos públicos propios de la escena, a cargo de actores o ejecutantes, ante espectadores que ocupan localidades de asiento.
Se considerarán obras teatrales, aquellas que se acompañan en todo o en parte de música instrumental o vocal interpretada en directo o grabada previamente, como óperas, zarzuelas, ballet y similares. Disponen necesariamente de escenario y camerino, y podrán disponer de foso para orquesta.
DEPORTIVAS
Todo tipo de deportes que se practiquen en locales o recintos exteriores, destinados a la práctica deportivo-recreativa de uso público, en cualquiera de sus modalidades.
Campos de fútbol, rugby, béisbol y asimilables.
Campos de baloncesto, balonmano, balonvolea y asimilables.
Campos de tiro al plato, de pichón y asimilables.
Galerías de tiro.
Pistas de tenis y asimilables.
Pistas de patinaje, hockey sobre hielo, sobre patines y asimilables.
Piscinas.
Locales de boxeo, lucha, judo y asimilables.
Circuitos permanentes de motocicletas, automóviles y asimilables.
Velódromos.
Hipódromos, canódromos y asimilables.
Frontones, trinquetes, pistas de squash y asimilables.
Polideportivos.
Boleras y asimilables.
Salones de billar y asimilables.
Gimnasios.
Pistas de atletismo.
Estadios.
Recorridos de carreras pedestres.
Recorridos de pruebas ciclistas, motociclistas, automovilísticas y asimilables.
Recorridos de motocross, trial y asimilables.
Pruebas y exhibiciones náuticas.
Pruebas y exhibiciones aeronáuticas.
CENTROS DE SALUD, BELLEZA Y ESTÉTICA
Peluquerías:
Las peluquerías son establecimiento donde se desarrolla el oficio artesanal de peinar, rizar o cortar el pelo, hacer o vender pelucas, así como todas aquellas prácticas relativas al cabello, utilizando exclusivamente productos cosméticos
Institutos de belleza:
Los institutos de belleza son establecimiento en el que se realizan distintas técnicas con la finalidad de embellecer el cuerpo humano y utilizando exclusivamente productos cosméticos.
Centros de estética:
Los centros de estética son institutos de belleza que disponen como máximo de dos cabinas.
Centros de bronceado:
Los centros de bronceado son establecimientos en los que mediante la aplicación de aparatos emisores de rayos ultravioleta exclusivamente, se pretende proporcionar un tono bronceado a la piel.
Centros de capilares:
Los centros capilares son establecimientos en los que se realizan el cuidado del cabello y cuero cabelludo, con productos cosméticos exclusivamente.
Centros de tatuaje:
Los centros de tatuaje son establecimientos en los que se practican las técnicas de grabado de dibujos en la piel humana, mediante la introducción de materias colorantes bajo la epidermis.
Centros de anillado / Piercing:
Los centros de anillado o piercing son establecimientos en los que se realizan las técnicas de perforación de cualquier parte del cuerpo, con la finalidad de prender en los mismos objetos metálicos o de otros materiales.
Centros de salud:
Los centros de salud son aquellos establecimientos en los cuales se imparten los servicios y la atención de salud más básica y principal. Los centros de salud son una versión reducida o simplificada de los hospitales y de los sanatorios ya que cuentan con los elementos y recursos básicos para las curaciones, no disponen de grandes tecnologías ni de espacios complejos que sí existen en hospitales.
ACTIVIDADES INOCUAS
Tienda o comercio:
Actividad consistente en el intercambio de algunos materiales que sean libres en el mercado de compra y venta de bienes y servicios, sea para su uso, para su venta o su transformación. Entre los ejemplos mas habituales tenemos:
Tienda de regalos
Bazar
Tienda de ropa/boutique
Decoración
Ferretería
Floristería
Joyería
Juguetería
Locutorio
Papelería
Parafarmacia
Perfumería
Tienda Bebés / Puericultura
Tienda de Bicicletas, motos, concesionario y artículos relacionados
Tienda de calzado. Zapatería.
Tienda de deportes
Decomisos
Tienda de Móviles / telefonía / telecomunicaciones
Tienda de Música
Tienda de productos textiles del hogar y menaje
Tienda de ropa/boutique
Venta de muebles
Tienda de Videojuegos
Agencia de viajes:
Las agencias de viaje son empresas turísticas dedicadas a la intermediación, organización y realización de proyectos, planes e itinerarios y elaboración y venta de productos turísticos entre sus clientes y determinados proveedores de viajes.
Oficinas, bancos, etc.:
Las oficinas, bancos, etc. corresponden a las actividades cuya función es prestar servicios administrativos, técnicos, financieros, de información u otros, realizados básicamente a partir del manejo y transmisión de información, bien a las empresas o a los particulares. Asimismo se incluyen en esta clase de uso las oficinas que ofrecen un servicio de venta y reúnen condiciones asimilables a la clase de uso comercial, como sucursales bancarias, agencias de viajes o establecimientos similares.
Despachos profesionales:
Los despachos profesionales son espacios para el desarrollo de actividades profesionales que el usuario ejerce en su vivienda habitual, en las condiciones reguladas en el uso residencial, encuadrables en el uso de oficina o de otros servicios terciarios de atención sanitaria a las personas. En ningún caso en los despachos profesionales domésticos pueden desarrollarse actividades comerciales.
COMERCIOS MINORISTAS
Polivalentes / Supermercados:
Los autorizados para vender toda clase de productos destinados a la alimentación humana y de los animales domésticos, con las limitaciones y excepciones establecidas o que se establezcan por disposiciones legales. En estos establecimientos se podrá efectuar simultáneamente la venta de artículos higiénicos y de uso doméstico.
Pescadería:
Las pescaderías son los establecimientos autorizados para la comercialización y venta al detalle de productos de pesca y acuicultura.
Carnicería:
Las carnicerías son los establecimientos autorizados para la manipulación, preparación de carnes frescas, refrigeradas y congeladas, con o sin hueso, en sus diferentes modalidades (fileteado, troceado, picado, mechado y análogas), y venta de las mismas en el propio establecimiento, así como cualquier clase de despojos frescos y congelados y productos cárnicos elaborados.
Panadería-bollería:
Las panaderías-bollerías son los establecimientos autorizados para la venta de pan de todas las clases, así como de productos de bollería ordinaria y bollería rellena o guarnecida.
Pastelería, repostería y confitería:
Las pastelerías, reposterías y confiterías son aquellos establecimientos autorizados para la venta de productos elaborados fundamentalmente con harina, féculas, azúcares y grasas comestibles, junto con otra serie de productos alimenticios autorizados.
Frutería-verdulería:
Las fruterías-verdulerías son los establecimientos autorizados para la venta de toda clase de frutas, hortalizas, verduras y hongos comestibles, frescas, congeladas o ultracongeladas. Igualmente podrán comercializar legumbres, frutos secos, conservas de frutas y verduras y zumos envasados.
Herbolario:
Los herbolarios son los establecimientos autorizados para la venta de diversas especies vegetales, preparados dietéticos o de régimen, alimentos naturales o ecológicos, miel y cosmética en las condiciones previstas en la normativa de especial aplicación.
Hola! Qué licencia sería necesaria para la apertura de un Colegio Privado o Centro de Estudios Universitarios??
La licencia se solicita como tal para la actividad que quieras, si es centro de estudio privado o estudios universitario se solicita así tal cual. Entiendo que en este caso es formación reglada así que tendrá que cumplir las mismas exigencias que un centro público. Si no es formación reglada se asimilaría a una academia.
que permisos se necesitan para organizar un torneo abierto de tenis con inscripciones de pago en las instalaciones de una comunidad de propietarios
Desde nuestro punto de vista, que son las licencias de apertura, no deberás realizar nada ya que entiendo que esas instalaciones ya están legalizadas. Entiendo que necesitarás permiso de la comunidad de vecinos y para la gestión del pago de las inscripciones creo que deberías hablar mejor con una gestoría.
Hola , para un local donde dar charlas informativas , que tipo de de licencia de apertura necesitaría?
Gracias un salido
En un local para dar charlas informativas puede ser un local de eventos o un local de reuniones.
Buenas tardes. Tengo un local en planta baja pegado a mi casa con uso comercial y sin actividad. Si quiero usarlo a nivel personal para hacer deporte u otra actividad no lucrativa o reunirme con mis amigos ¿Debo comunicar esa actividad al ayuntamiento o pedir licencia? Porque no puedo cambiar el uso a vivienda porque no tiene fachada a la calle. ¿Sabéis si existe un uso especifico para realizar actividades personales que no sea el de vivienda? Muchas gracias por la ayuda
Cualquier actividad que se realice en un local comercial aunque no sea con fines lucrativos necesita de una licencia.
Hola, quiero montar en el bajo de un edificio un local para uso privado, lo montare con unos amigos para divertirnos los fines de semana, pondré cocina, billar, futbolín, maquinas recreativas y equipo de música, me gustaría saber que necesitamos y si se puede realizar esta actividad.
Si, se puede solicitar la licencia como uso privado. Por lo que comentas el local tendrá que cumplir las mismas condiciones que un local de restauración abierto al público.
Buenos días. Para un negocio de celebraciones y escuela de verano con cafetería que tipo de licencia necesito?
Gracias, un saludo
La licencia se solicita incluyendo todas las actividades que vayas a impartir siempre y cuando sean compatibles. El procedimiento a seguir nos lo dirá cada ayuntamiento si es por Declaración Responsable o Licencia Ordinaria.
Para abrir un local de charlas y talleres donde serviré cafe y algun alimento, pero sin cocina, que tipo de licencias necesito?
En locales donde se sirven comidas y bebidas es una licencia como bar o cafetería aunque no tenga cocina.
Hola, buenos días. Para un negocio de cabinas de karaoke como las de xxxxxxxxxxx ¿qué tipo de licencia se necesitaría? Ejemplo: Cabina en un centro comercial, cine, en la calle, etc..
Muchas gracias
Normalmente este tipo de instalaciones se tramita por declaración responsable. Dependerá de si el centro comercia, cine, etc… tiene ya en su propia licencia un lugar para colocar este tipo de instalaciones. En la calle en principio lo veo difícil poner salvo alguna autorización especial temporal.
Hola ,
Voy a poner en marcha un estudio de grabación , el acceso de personas ajenas será mínimo,nunca más de 4 .
Se consideraría local de pública concurrencia?
Gracias
Lino
Un local de pública concurrencia es aquel en el va a entrar gente que no trabaja en ese local. Es decir que clasifican como locales de pública concurrencia los bares y restaurantes, cines, hoteles, hospitales… Una oficina o un estudio de grabación no estaría considerado como local de pública concurrencia.
Así quiero trabajar el chiringuito de una urbanización con piscina que licencia debo sacar?
Debes preguntar en los servicios técnicos del ayuntamiento si esta licencia ya existe, si no deberás sacarla como bar.
Hola tengo una peluqueria y me traslado a otro local, tengo que pedir licencia de apertura?
Cuanto vas a hacer un traslado de tu actividad de un local a otro hay que solicitar una nueva licencia de apertura. Las licencias se otorgan para un determinado local por lo que no te sirva para un local diferente.