Licencia de Apertura de Actividad en Madrid

 

Licencia Apertura Actividad Madrid

¿Cómo podemos ayudarte?

Somos especialistas en la redacción de documentación técnica y proyectos para solicitud de licencias de apertura y declaración responsable en Madrid, pídenos presupuesto sin compromiso.

 

Margarita Vázquez
Margarita Vázquez
20 Junio 2023
Muy profesionales en el proyecto, te facilitan los trámites, 100% recomendable.
Lucas Prieto Feres
Lucas Prieto Feres
7 Junio 2023
Excelentes profesionales, muy buena atencion. Relación calidad precio, de lo mejor. No dudaría en trabajar nuevamente con ellos.
Fernando Vegue Pérez
Fernando Vegue Pérez
18 Mayo 2023
Un servicio muy profesional y de confianza. Muy buen trato y disposición a aclararte dudas y explicarte el proceso de obtención de la licencia. David y Eloísa son grandes profesionales y estoy muy satisfecho con el servicio recibido. 100% recomendable.
Fenix Centro de uñas
Fenix Centro de uñas
13 Marzo 2023
David es un profesional increible; te responde de inmediato y a parte es un gran profesional y con muchísimo tacto. Agradecer como no a Daniel tambien que ayudó con la primera tienda de uñas .No descarto volver a trabajar con ellos y los recomiendo con los ojos cerrados ya que son extremadamente efectivos y rápidos.
Guillermo Renter Valdovinos
Guillermo Renter Valdovinos
23 Febrero 2023
Da gusto trabajar con personas como David, asumen su compromiso y cumplen hasta el final, a pesar del paso del tiempo.
Javier Pastor
Javier Pastor
14 Enero 2023
Trabajo correcto y sin problemas. Muy profesional. Volveré a contar con ellos cuando abra mi segunda tienda. Muchas gracias!!
Paca Santos
Paca Santos
10 Enero 2023
Satisfecha con el trabajo realizado, buena tramitación y buen servicio, lo recomiendo.
Idecars Performance
Idecars Performance
10 Enero 2023
Serios y profesionales sin ninguna duda, ante varios problemas (ajenos a ellos), todos solucionados rápido y de manera muy profesional.
Abraham Biencinto Vega
Abraham Biencinto Vega
10 Enero 2023
No tenía ni idea de lo que teníamos que hacer y nos resolvió todo con sencillez. Muy recomendables, ágiles y honestos.
Pedro Bofill Asensio
Pedro Bofill Asensio
10 Enero 2023
Muchas gracias. Todo fue super sencillo. Gracias a ellos la parte más tediosa de nuestra aventura empresarial fue mucho más llevadera. Muy recomendable

Licencia de apertura actividad en madrid. procedimiento ordinario abreviado

Finalidad

Se tramitarán por el procedimiento ordinario abreviado:

Las obras y actividades relacionadas en el Anexo II.2 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU), las cuales precisan para obtener licencia de apertura de actividad en Madrid de un proyecto técnico para su definición, pero de distinta naturaleza y alcance que el proyecto técnico de obras de edificación requerido para el procedimiento ordinario común, y siempre que:

  1. La titularidad de la actividad corresponda a las Administraciones Públicas, sus Organismos Autónomos, Entidades de Derecho Público, Empresas Públicas, así como representaciones diplomáticas y organismos públicos internacionales.
  2. Se realicen sobre inmuebles gestionados por las mismas.
  3. Se implanten en alguno de los siguientes usos:
  • Dotacional Zona Verde.
  • Dotacional Servicios de la Administración Pública.
  • Dotacional Servicios Infraestructurales, en sus clases de abastecimiento de agua, saneamiento y residuos sólidos.
  • Dotacional para la Vía Pública.
  • Dotacional para el Transporte.
  • Afecten simultáneamente a varios usos urbanísticos ubicados en un mismo inmueble y alguno de ellos estuviera sujeto a la OMTLU .

Actividades de uso terciario comercial y terciario recreativo de consumo de comidas y bebidas, cuando se soliciten por Administraciones Públicas, sus Organismos Autónomos, Entidades de Derecho Público, Empresas Públicas o cuando estén vinculadas al uso dotacional para el transporte.

Para conocer los supuestos de obras que deben tramitarse por procedimiento ordinario abreviado consulte el Artículo 59.2 y Anexo II.2 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de licencias Urbanísticas.

Entre otras, será necesario solicitar una licencia urbanística en Madrid de este tipo para la realización de obras que suponen intervenciones o actuaciones puntuales en la estructura (cambio de pilares, vigas, muro de carga etc.) y/o para actividades que suponen incidencia en el medio ambiente, o afluencia de público, espectáculos públicos, etc., que necesitan proyecto técnico.

Documentación necesaria

Documentación general:

    • Impreso normalizado de solicitud de licencia de apertura en Madrid y hoja de características, debidamente cumplimentados. (Impreso en proceso de actualización. A disposición la última versión disponible).
    • Impreso de autoliquidación de tributos (tasas, ICIO….).
    • Declaración de técnico o técnicos autores de la conformidad de lo proyectado a la ordenación urbanística aplicable, que incluya el certificado de viabilidad geométrica, en su caso.
    • Declaración del promotor de haber colocado, en el lugar en el que se pretenda llevar a cabo la actuación, cartel anunciando la solicitud de licencia y las características de las obras y actividad.
    • Tres ejemplares de proyecto/s técnico suscrito por técnico/s competente/s y visados por el colegio oficial correspondiente, en los supuestos reglamentariamente establecidos o, en su caso por la oficina de supervisión de proyectos de la administración, acompañado, en su caso, de las hojas de encargo de las direcciones facultativas correspondientes.
    • Estudio básico de seguridad y salud o, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos del artículo 4.1 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, estudio de seguridad y salud, suscrito en ambos casos por técnico competente y, en los supuestos contemplados en el artículo 2 del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, visado por el colegio oficial correspondiente.
    • Cuestionario de la Estadística de Construcción de Edificios: Mod. C.E. -1 del Ministerio de Fomento.

Se deberá disponer de la documentación prevista en el apartado B del Anexo I de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas, según corresponda en función del tipo y circunstancias de la actuación a desarrollar.


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Impreso solicitud licencia procedimiento abreviado 

Licencia de apertura de actividad en madrid. procedimiento ordinario común

Documentación necesaria

Se tramitarán por procedimiento de licencia de apertura de actividad y/o obra ordinario común:

  • Las obras de gran envergadura (construcción de edificios, rehabilitación de edificios protegidos, etc.) que necesitan proyecto técnico de obras de edificación.
  • Cuando se pretenda cambiar el uso característico de un edificio.
  • Siempre que:
  • La titularidad de la actividad corresponda a las Administraciones Públicas, sus Organismos Autónomos, Entidades de Derecho Público, Empresas Públicas, así como representaciones diplomáticas y organismos públicos internacionales.
  • La actuación de que se trate se realicen sobre inmuebles gestionados por las mismas.
  • Se implanten en alguno de los siguientes usos:
  • Dotacional Zona Verde.
  • Dotacional Servicios de la Administración Pública.
  • Dotacional Servicios Infraestructurales, en sus clases de abastecimiento de agua, saneamiento y residuos sólidos.
  • Dotacional para la Vía Pública.
  • Dotacional para el Transporte.
  • Afecten simultáneamente a varios usos urbanísticos ubicados en un mismo inmueble y alguno de ellos estuviera sujeto a la OMTLU.
  • En el caso concreto de actividades del uso terciario comercial y terciario recreativo de consumo de comidas y bebidas, cuando se soliciten por Administraciones Públicas, sus Organismos Autónomos, Entidades de Derecho Público, Empresas Públicas o cuando estén vinculadas al uso dotacional para el transporte
  • Para conocer los supuestos de obras que deben tramitarse por ordinario común consulte el Anexo II.1 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de licencias Urbanísticas (OMTLU)Cuando estas actuaciones afecten a inmuebles con niveles 1, 2 ó 3 de protección previsto en el Plan General de Ordenación Urbana, requerirán informe en materia de protección del patrimonio. En los casos en los que se acredite el cumplimiento de los criterios generales establecidos en el Anexo V no será preciso el informe del órgano municipal competente en materia de protección del patrimonio. El titular de licencia de obras Madrid deberá comunicar con una antelación mínima de 15 días y mediante impreso normalizado, la fecha de inicio de obra y/o replanteo, adjuntándose a dicha notificación la documentación requerida.

    Documentación necesaria

    Documentación general:

  • Impresos normalizados de solicitud de licencia de obras en Madrid y hoja de características, debidamente cumplimentados. (Impreso en proceso de actualización. A disposición la última versión disponible ).
  • Impreso de autoliquidación de tributos (tasas, ICIO ….).
  • Declaración de técnico o técnicos autores de la conformidad de lo proyectado a la ordenación urbanística aplicable, que incluya el certificado de viabilidad geométrica, en su caso.
  • Declaración del promotor de haber colocado, en el lugar en el que se pretenda llevar a cabo la actuación, cartel anunciando la solicitud de licencia y las características de las obras y actividad.
  • Tres ejemplares de proyecto/s técnico suscrito por técnico/s competente/s y visados por el colegio oficial correspondiente, en los supuestos reglamentariamente establecidos o, en su caso por la oficina de supervisión de proyectos de la administración, acompañado, en su caso, de las hojas de encargo de las direcciones facultativas correspondientes.
  • Estudio básico de seguridad y salud o, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos del artículo 4.1 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, estudio de seguridad y salud, suscrito en ambos casos por técnico competente y, en los supuestos contemplados en el artículo 2 del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, visado por el colegio oficial correspondiente.
  • Cuestionario de la Estadística de Construcción de Edificios: Mod. C.E. -1 del Ministerio de Fomento.
  • Documentación específica : Se deberá disponer de la documentación prevista en el apartado B del Anexo I (OMTLU), según corresponda en función del tipo y circunstancias de la actuación a desarrollar:
  • Obras de nueva edificación
  • Obras en los edificios
  • Obras de demolición
  • Si la actuación conlleva ocupación de vía pública

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    Impreso solicitud licencia procecimiento ordinario

    pdfIconImpreso pago de tasas 

Declaración responsable de actividades económicas, comerciales y de servicios

 

Finalidad

Para abrir un negocio en la ciudad de Madrid con carácter general, bastará una declaración responsable, excepto en aquellos supuestos en que se requerirá específicamente una licencia de funcionamiento en Madrid por razones de seguridad, salud pública o protección del medio ambiente.

Se entenderá por declaración responsable, el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio (art. 71 bis de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Quedan excluidas:

  • Las actuaciones que conlleven uso privativo u ocupación de los bienes de dominio público, excepto actividades comerciales y de servicio que ocupen los locales individuales en los mercados municipales gestionados en régimen de concesión.
  • Las actuaciones que afecten a inmuebles declarados como Bienes de Interés Cultural con declaración individualizada, a los bienes incluidos a título individual en el inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid, así como a los inmuebles catalogados dentro del nivel de máxima protección en el planeamiento urbanístico aplicable, salvo que en los mismos ya se viniera desarrollando alguna actividad de las recogidas en el apartado 2, siempre y cuando no se afecten los elementos protegidos.
  • Las obras que requieran de la redacción de un proyecto de obras de edificación, de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, salvo en los casos indicados en las letras a) y c) del apartado 2.
  • Las actuaciones que quedan sometidas a licencia previa.

Documentación necesaria.

  • Impreso de declaración responsable (podrá descargarse desde el apartado Impresos)
  • Proyecto técnico, en los casos que sea necesario.
  • En los casos en los que no es necesario aportar proyecto técnico, deberá presentar:
  • Documento descriptivo suficiente de la actuación que se pretende. Deberá incluir la descripción de la actividad y de las obras, indicando la posición del local dentro del edificio, sus accesos y comunicaciones con el mismo, la maquinaria e instalaciones fijas del local y la actividad con sus características técnicas, incluyendo, cuando la naturaleza de la actividad lo justifique, las de carácter sanitario, los servicios higiénicos y las medidas de prevención de incendios.
  • Planos o croquis, a escala, acotados, de planta y/o sección y/o alzado que reflejen el estado actual y, en su caso, el reformado tras la intervención, que contengan, al menos, los extremos indicados en el punto anterior.
  • Justificante de pago en los casos que proceda:
  1. Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos (art. 10.1, 14.1 y 10.8 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa).
  2. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Autoliquidación provisional del 4% del importe del presupuesto de ejecución material y definitiva según el coste real y efectivo de las obras.
  3. Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local (instalación de vallas, andamios, maquinaria, contenedores, etc.) según la Ordenanza Fiscal que la regula.
  4. Garantía por Gestión de Residuos de la Construcción.
  5. Si las solicitudes se presentan en una ECU : documento acreditativo del abono del precio a la Entidad Colaboradora Urbanística ( ECU ) debidamente autorizada, de su elección.

 

pdfIconModelo solicitud declaración responsable actividades económicas 

  • :

Tasas municipales declaración responsable de actividad en Madrid

Declaración responsable de actividad sin obras 414 euros.

Declaración responsable de actividad con obras 619 euros.

Cómo iniciar una actividad o ejecutar una obra de una actividad económica

Finalidad

¿Quiere conocer en qué casos es requerida una licencia de apertura en Madrid y cuál es el proceso a seguir para obtenerla? Para implantar o modificar una actividad económica en la ciudad de Madrid, incluidas las obras que sean precisas, es necesario presentar una “Declaración Responsable” o una “solicitud de Licencia” en su caso, según establece la nueva Ordenanza de Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid.

El objetivo de la nueva Ordenanza es la simplificación de los trámites para poder abrir un negocio o modificar uno existente, estableciendo para ello, la tramitación de dos únicos procedimientos:

  • Con carácter general, la presentación de una Declaración Responsable .
  • La solicitud de Licencia de apertura en Madrid , únicamente en aquellos supuestos en que esté justificado por razones de seguridad, salud pública o protección del medio ambiente.

Quedan excluidas de la regulación de esta Ordenanza, las siguientes actividades:

  • El uso residencial, con su dotación de aparcamiento.
  • Las actuaciones de titularidad pública.
  • Las actuaciones en bienes de dominio público, salvo puestos de mercados.
  • Las actuaciones que afecten a los siguientes usos dotacionales: zona verde, administraciones públicas, servicios infraestructurales, vía pública y transporte.
  • Las actuaciones de varios usos, si uno está excluido.

Se establece un sistema de colaboración público-privado a través de entidades colaboradoras urbanísticas (ECU ), debidamente autorizadas, que es de carácter voluntario para el interesado, quién libremente podrá decidir si desea gestionar su solicitud directamente ante el Ayuntamiento de Madrid o bien, acudir a una ECU debidamente autorizada e inscrita en el Registro de la Comunidad de Madrid.


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Modelo solicitud declaración responsable actividades económicas


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Modelo solicitud licencia de actividad


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Instrucciones solicitud licencia actividad 

Declaración Responsable para obras y actividades comerciales (OMTLU)

Finalidad

Se entenderá por declaración responsable el documento suscrito por el titular de la actividad o representante en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que una actuación urbanística –como la apertura de un negocio en Madrid – cumple con los requisitos urbanísticos exigidos por la normativa vigente para su implantación, modificación o desarrollo y que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a su cumplimiento durante el tiempo en que mantenga dicha actuación.

El régimen de declaración responsable será de aplicación para:

    1. Las actividades comerciales y servicios comprendidos en el Anexo II.3 de la OMTLU, con o sin ejecución de obras, instalaciones que precisen de proyecto técnico, memoria o documento técnico cuando:
    2. La titularidad de la actividad corresponda a las Administraciones Públicas, sus Organismos Autónomos, Entidades de Derecho Público, Empresas Públicas, así como representaciones diplomáticas y organismos públicos internacionales.
    3. Se realicen sobre inmuebles gestionados por las mismas.
    4. Se implanten en alguno de los siguientes usos:
        1. Dotacional Servicios de la Administración Pública.
        2. Dotacional Servicios Infraestructurales, en sus clases de abastecimiento de agua, saneamiento y residuos sólidos.
        3. Dotacional para la Vía Pública.
        4. Dotacional para el Transporte.
        5. Dotacional Zona Verde.
    5. Asimismo este régimen se aplicará cuando las actuaciones afecten simultáneamente a varios usos urbanísticos ubicados en un mismo inmueble y alguno de ellos estuviera sujeto a la OMTLU .
    6. En el caso concreto de actividades del uso terciario comercial y terciario recreativo de consumo de comidas y bebidas, cuando se soliciten por Administraciones Públicas, sus Organismos Autónomos, Entidades de Derecho Público, Empresas Públicas o cuando estén vinculadas al uso dotacional para el transporte.
    7. También para las obras que aun estando incluidas entre las que requieren bien comunicación previa o bien licencia de apertura en Madrid por el Procedimiento Ordinario Abreviado por precisar proyecto técnico (obras del Anexo II, apartado 2 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas), y que se van a realizar en los locales o establecimientos donde se ejercen las actividades referidas en el apartado anterior.

No se podrán tramitar por declaración responsable : actuaciones que conlleven uso privativo u ocupación de bienes de dominio público o se realicen sobre inmuebles declarados Bienes de Interés Cultural (BIC) con declaración individualizada, ni catalogados con Nivel 1 de Protección, o cuando requieran la redacción de un proyecto técnico de obras de edificación, de conformidad con la Ley de Ordenación de la Edificación.

Documentación necesaria

Los efectos de la declaración responsable se producirán desde el día en que la misma tenga entrada en el registro del Ayuntamiento de Madrid siempre que vaya acompañada de la siguiente documentación:

Documentación general:

    1. Impreso normalizado
    2. Proyecto técnico, cuando proceda.
    3. Autoliquidación, cuando proceda, del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) y la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, así como de otros tributos que pudieran corresponder.
    4. Escritura de constitución de la persona jurídica titular de la actividad.
    5. Copia cotejada o autenticada del documento acreditativo de la representación.
    6. Resolución de órgano ambiental competente y su publicación en el Boletín Oficial.
    7. Estudio básico de seguridad y salud


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Instancia general 

Consulta urbanística común para actividades

Finalidad

Mediante este tipo de consulta los ciudadanos pueden solicitar información sobre temas tales como: la situación urbanística de una determinada parcela, solar, inmueble o local; los actos o usos del suelo o subsuelo permitidos; el procedimiento de tramitación aplicable para determinada actuación; la viabilidad en la implantación de actividades concretas; los informes sectoriales necesarios; la normativa de aplicación, etc .

Contenido de las consultas:

  • Necesidad de licencias urbanísticas en Madrid para hacer determinada actuación.
  • Tipo de procedimiento necesario para realizar determinadas obras de actividades, por ejemplo si se precisa o no proyecto técnico para las mismas.
  • Informes sectoriales necesarios en determinadas actuaciones.
  • Calificación urbanística de una parcela.
  • Normativa urbanística de aplicación, normativa sectorial, tanto de ámbito municipal como supramunicipal; normativa de aplicación para un uso concreto.
  • Condiciones de determinadas parcelas, edificabilidades, alturas, etc.
  • Posiblidad de implantación de una actividad determinada en un emplazamiento concreto.
  • Usos admitidos en un determinado local. Cambio de actividad del mismo.
  • Documentación necesaria

  • Instancia general de solicitud
  • Plano, croquis o fotocopia de callejero señalando la situación del edificio parcela o solar, conforme al “Callejero Municipal” del Ayuntamiento de Madrid.
  • Tasa por prestación de servicios urbanísticos.
  • La consulta debe contener una descripción con, como mínimo, los siguientes datos:
  • Ubicación del local, con indicación exacta de su situación dentro de la planta del edificio.
  • Descripción de la actividad.
  • Descripción de la actividad anterior con referencia a la licencia anterior, si la tuviera.
  • Superficie útil del local.
  • Horario de la actividad.
  • Potencia frigorífica instalada, en su caso.
  • En caso de implantaciones de actividades industriales:
  • Nivel de riesgo de incendio intrínseco del local.
  • Potencia motriz instalada.
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    Impreso pago de tasas 
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    Instancia General 

Autorización para la instalación de quioscos de temporada

Finalidad

El objeto de la autorización es la instalación de quioscos de temporada, entendiéndose como tal el establecimiento de carácter temporal de hostelería y restauración instalado sobre terrenos de titularidad y uso público, donde se expenden productos que no precisan elaboración o que ya estén cocinados por industria autorizada, que no necesitan manipulación alguna para su consumo y que por sus propiedades no son susceptibles de alterarse desde el punto de vista microbiológico.´

La superficie ocupada no podrá exceder de los 12 metros cuadrados.

Deberán disponer de:

    • Zona cubierta de almacenaje, cerrada, adosada y diferenciada de la barra.
    • Servicios higiénicos según normativa sectorial.
    • Equipos de lavado mecánico, fregadero con sistema de acción no manual y equipos de conservación de productos.
    • Documentación necesaria

      1. Solicitud en impreso de Instancia General disponible en el apartado ‘Impresos ‘. Irá acompañada de los certificados de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. En el caso de sociedad mercantil, se presentará el documento acreditativo de la representación que ostente el solicitante y una copia de la escritura de constitución de dicha sociedad.

      2. Junto con la solicitud se presentará un proyecto de instalación que incluirá:

    • Memoria descriptiva de los elementos a instalar con indicación de los materiales empleados y su fabricación, acabados, instalaciones, elementos de mobiliario urbano y demás constructivos y de ejecución, así como del cumplimiento de los criterios de seguridad establecidos en la normativa correspondiente.
    • Detalle de las acometidas subterráneas para el suministro de agua, electricidad y saneamiento, las cuales deberán ajustarse a lo dispuesto en la normativa correspondiente.
    • Planos acotados de planta y alzado del quiosco y sus instalaciones a escalas 1:100 y su disposición dentro del espacio autorizable.
    • Cuantos documentos considere oportunos aportar el interesado para mejor conocimiento de las instalaciones y su posterior configuración.
    • Para la eficacia de la autorización otorgada, el adjudicatario deberá abonar la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial, debiendo presentar dentro del plazo de los diez días siguientes a la notificación de dicha autorización los siguientes documentos:
    • Acreditación de la constitución de la fianza de explotación, ajustada a la normativa municipal en materia de constitución, devolución y ejecución de garantías del Ayuntamiento de Madrid, que garantice los posibles desperfectos que pudieran causarse al dominio público municipal o a sus elementos de mobiliario urbano como consecuencia del ejercicio de la actividad. Dicha fianza consistirá en el 10 por 100 del valor del presupuesto de la instalación.
    • Copia de la póliza de seguros de responsabilidad civil derivada tanto de la explotación de la actividad como de la venta de productos que cubra cualquier clase de riesgo derivado del ejercicio de la actividad hostelera realizada.
    • El órgano competente podrá recabar de otra autoridad competente la confirmación de la autenticidad de los documentos que se aporten.En el caso de que, tras las comprobaciones oportunas, se detectara inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración, el órgano competente revocará la autorización concedida, sin perjuicio de las responsabilidades, penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.


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Instancia general 

Licencia de primera ocupación y funcionamiento

Finalidad

La licencia de primera ocupación y funcionamiento tiene por objeto acreditar que las obras y actividades han sido ejecutadas de conformidad con el proyecto y condiciones en que la licencia fue concedida, y que se encuentran debidamente terminadas y aptas según las determinaciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico.

Necesitan licencia de primera ocupación y funcionamiento:

  • Las edificaciones resultantes de obras de nueva edificación y reestructuración general.
  • Los cambios de uso de los edificios.
  • El incremento del número de viviendas en los edificios.
  • La transformación en viviendas de locales comerciales.
  • Las nuevas implantaciones, ampliaciones o modificaciones de actividades que se tramiten por el procedimiento ordinario abreviado, previstas en el Anexo II.2 apartado 2.2 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU).
  • Asimismo, los locales y establecimientos regulados en la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid (LEPAR) necesitan, previamente a su puesta en marcha, licencia de funcionamiento en Madrid o declaración responsable, a elección del titular y sin perjuicio de otras autorizaciones que le fueran exigibles:
  • En el supuesto de licencia de funcionamiento. Se concederá en el mismo acto que la primera ocupación y funcionamiento, por lo que la documentación deberá ser complementada con la establecida por la Ley y sus normas de desarrollo.
  • En el supuesto de optar por declaración Responsable, se deberá cumplimentar los requisitos y presentar la documentación establecida en la Disposición Adicional Novena de la LEPAR así como en sus normas de desarrollo.

Documentación necesaria:

 

  • Impreso de solicitud a la que se añadirá la siguiente documentación:

    Documentación para la conformidad final ( Anexo I, apartado 3.4 ) de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU):

  • Certificado final de las obras suscrito por la dirección facultativa y cuando reglamentariamente así se exija, visado por el colegio oficial correspondiente, o, en su caso por la oficina de supervisión de proyectos de la administración.
  • Si las obras ejecutadas consisten en la construcción de viviendas en régimen de protección, acreditación de la calificación definitiva de las mismas por el órgano competente de la Comunidad de Madrid.
  • Libro del edificio.
  • Declaración de alteración catastral correspondiente.
  • En aquellos casos en que la reglamentación específica lo requiera:
  • Plan de Autoprotección, o en su caso acreditación de que el mismo ha sido presentado ante el órgano competente en la materia.
  • Justificación de la inscripción en el Registro de Instalaciones de Prevención y Extinción contra Incendios de la Comunidad de Madrid.
  • El contrato de mantenimiento de las instalaciones de seguridad contra incendios.
  • Para actividades sometidas al régimen jurídico de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, la documentación indicada en los apartados anteriores deberá ser complementada con la establecida por la Ley y sus normas de desarrollo.
  • Cuando en el documento de Alineación Oficial se determine que se ha de realizar la cesión urbanizada de terrenos destinados a viales o espacios libres, se habrán de aportar además el documento acreditativo o Acta de Cesión en la que se acredite de que dicha cesión ha sido efectivamente materializada.
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente.

 

 

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Precios de Tasas de Licencias en el Ayuntamiento de Madrid

Actos de comprobación de ejecución de obra y ejercicio de actividades

Para el primer acto de comprobación de esta naturaleza que se tramite dentro del proceso para obtener la licencia de actividad en Madrid , se satisfará una cuota calculada en función de los metros cuadrados de edificación y/o actividad objeto de la misma, con arreglo al siguiente cuadro de tarifas. Por cada nueva comprobación que se precise realizar para verificar la subsanación de las deficiencias o disconformidades indicadas en el acto anterior, la cuota se verá incrementada en un 10%.

a. Comprobación de ejecución de obras. Metros cuadrados de superficie objeto de comprobación:

Hasta 500 m² 206,55 €
De más de 500 hasta 20.500 m² , se incrementará la cuota anterior, por cada 100 m² o fracción de exceso, en 49,45 €
A partir de 20.500 m² , se incrementará la cuota resultante de los dos apartados precedentes, por cada 100 m² o fracción de exceso, en 24,70€

Por cada uno de los actos de comprobación de los estados de replanteo, estructura a nivel de calles y terminación de la estructura, efectuados por la Administración Municipal, en obras de nueva edificación y reestructuración total, la cuota tributaria será el resultado de incrementar las tarifas anteriores en un 10%.

b. Comprobación de instalación de actividades. Metros cuadrados de superficie afectada por la actividad
objeto de comprobación:

Hasta 50 m² 142,05 €
De más de 50 m² hasta 100 m² 224,40 €
De más de 100 m² hasta 250 m² 315,75 €
De más de 250 m² hasta 5.000 m² se incrementará la cuota anterior, por cada 100 m²
o fracción de exceso, en
24,80 €
A partir de 5.000 m² , se incrementará la cuota resultante de los dos aparatados precedentes, por cada 100 m² o fracción de exceso en 12,35 €


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Instancia general


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Impreso pago de tasas

Ingeniero técnico industrial Madrid

Conseguir la licencia de apertura de un local es esencial para poder realizar la actividad profesional de manera legal.

Un ingeniero técnico industrial puede ayudar a todo aquel que necesite de una licencia de apertura a realizar los trámites necesarios para conseguirla, además de poder aconsejar para que todo se haga de manera rápida y legal sin problemas.

Un ingeniero técnico experimentado tiene la capacidad de analizar de una manera profesional las necesidades de cada cliente, aportando las soluciones para que la licencia de apertura pueda ser conseguida lo antes posible.

De esta manera se evitará retrasos, problemas y el cliente podrá obtener su licencia para comenzar su actividad como tenía programado.

Desde que el cliente quiere buscar el local, pasando por la realización de toda la documentación técnica necesaria y la certificación profesional de los trabajos. El ingeniero técnico se encarga de todo para que tu proyecto salga adelante.

Como ingenieros técnicos industriales podemos ofrecer toda la información relevante para que empieces tu negocio cumpliendo con los requisitos estipulados por la ley y, además, ayudar con los trámites para conseguir la licencia de apertura para abrir el local cuanto antes.

Arquitecto para licencia de apertura en Madrid

Para que el local que se busca para la actividad pueda disponer de todo lo necesario y cumpla los requisitos para conseguir la licencia de apertura, un arquitecto puede ofrecer asesoramiento, buena planificación y adaptación del local.

La ley especifica ciertas normas relativas a la fácil accesibilidad al local, insonorización, normativa contra incendios, mantenimiento e higiene que pueden ser la causa de tener que realizar algún tipo de obra o restructuración en el local que se haya escogido.

Con el asesoramiento de un buen arquitecto es posible realizar todos los trámites y adaptar de manera profesional el local a las necesidades teniendo en cuenta las especificaciones de cada actividad en particular.

Nosotros somos arquitectos e ingenieros con experiencia y podemos ayudar a tramitar todas las licencias necesarias para la apertura de tu local, oficina o negocio.

Cualquier duda o pregunta podemos resolverla y ayudamos para poder cumplir con los requisitos que se pidan para conseguir la licencia de apertura y poder comenzar con la actividad profesional con éxito.

Ingeniero licencia apertura en Madrid

¿Quieres abrir un local comercial o negocio y necesitas la licencia de apertura del local? ¿Tienes dudas sobre la documentación y los requisitos a tener en cuenta para poder acceder a la licencia de apertura?

Deja de preocuparte porque en nuestra web podrás obtener la información que necesitas para empezar con los trámites.

Como ingenieros y arquitectos profesionales en Madrid, podemos asesorarte, redactar tu proyecto y hacer los trámites esenciales para que se cumpla tu sueño de abrir un negocio.

Si estás pensando en emprender y necesitas que expertos que te aconsejen y lleven a cabo los trámites de manera profesional, estás en el sitio adecuado.

Tenemos experiencia y te ofrecemos una guía completa para que no te pierdas entre tanta normativa, y así cumplir con las leyes y empezar de la mejor manera posible tu nueva aventura laboral.

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Presupuesto de Proyecto para Solicitud de Licencia de Apertura o Declaración Responsable de Actividad
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