Licencia de Apertura de Actividad en Pozuelo de Alarcón

 

¿Cómo podemos ayudarte?

Somos especialistas en la redacción de documentación técnica y proyectos para solicitud de licencias de apertura y declaración responsable de actividad en Pozuelo de Alarcón, pídenos presupuesto sin compromiso.

 

Margarita Vázquez
Margarita Vázquez
20 Junio 2023
Muy profesionales en el proyecto, te facilitan los trámites, 100% recomendable.
Lucas Prieto Feres
Lucas Prieto Feres
7 Junio 2023
Excelentes profesionales, muy buena atencion. Relación calidad precio, de lo mejor. No dudaría en trabajar nuevamente con ellos.
Fernando Vegue Pérez
Fernando Vegue Pérez
18 Mayo 2023
Un servicio muy profesional y de confianza. Muy buen trato y disposición a aclararte dudas y explicarte el proceso de obtención de la licencia. David y Eloísa son grandes profesionales y estoy muy satisfecho con el servicio recibido. 100% recomendable.
Fenix Centro de uñas
Fenix Centro de uñas
13 Marzo 2023
David es un profesional increible; te responde de inmediato y a parte es un gran profesional y con muchísimo tacto. Agradecer como no a Daniel tambien que ayudó con la primera tienda de uñas .No descarto volver a trabajar con ellos y los recomiendo con los ojos cerrados ya que son extremadamente efectivos y rápidos.
Guillermo Renter Valdovinos
Guillermo Renter Valdovinos
23 Febrero 2023
Da gusto trabajar con personas como David, asumen su compromiso y cumplen hasta el final, a pesar del paso del tiempo.
Javier Pastor
Javier Pastor
14 Enero 2023
Trabajo correcto y sin problemas. Muy profesional. Volveré a contar con ellos cuando abra mi segunda tienda. Muchas gracias!!
Paca Santos
Paca Santos
10 Enero 2023
Satisfecha con el trabajo realizado, buena tramitación y buen servicio, lo recomiendo.
Idecars Performance
Idecars Performance
10 Enero 2023
Serios y profesionales sin ninguna duda, ante varios problemas (ajenos a ellos), todos solucionados rápido y de manera muy profesional.
Abraham Biencinto Vega
Abraham Biencinto Vega
10 Enero 2023
No tenía ni idea de lo que teníamos que hacer y nos resolvió todo con sencillez. Muy recomendables, ágiles y honestos.
Pedro Bofill Asensio
Pedro Bofill Asensio
10 Enero 2023
Muchas gracias. Todo fue super sencillo. Gracias a ellos la parte más tediosa de nuestra aventura empresarial fue mucho más llevadera. Muy recomendable

Licencia Directa o Actuación Comunicada

Finalidad

Se tramitarán por este procedimiento las licencias y autorizaciones de aquellas actuaciones de reducido impacto urbanístico o repercusión medioambiental y escasa entidad técnica sea suficiente un control inmediato para determinar su adecuación a la normativa aplicable. Para legitimar las actuaciones bastará comunicar a la Administración municipal la intención de llevarlas a cabo, existiendo dos posibilidades de tramitación, que se desarrollan a continuación, en función de que la solicitud se presente directamente en la oficina técnica municipal en el horario que se establezca y con presencia de un técnico municipal, caso de la licencia directa, o no, en cuyo caso se sigue el trámite ordinario de actuación comunicada.

Documentación necesaria

    1. Justificante de autoliquidación de tasas.
    2. Impreso sobre declaración de residuos
    3. Planos y memoria de actuación (si procede).
    4. Presupuesto firmado con indicación de NIF o CIF del constructor.
    5. Propuesta de conformidad par el ejercicio de conformidad (si procede).
    6. Para actividades con procedimiento de licencia directa memoria y planos a escala de la distribución con superficies útiles.
    7. Para actividades con procedimiento de actuación comunicada declaración de solicitud de cambio de titular

Otros datos de interés

pdfIconModelo de solicitud Licencia Directa o actuación Comunida 

Licencia por Procedimiento Simplificado

Finalidad

Se tramitarán por el procedimiento regulado en esta Sección las solicitudes de licencias urbanísticas de aquellas actuaciones que no precisen de proyecto técnico de obras de edificación conforme a la legislación general de ordenación de la edificación, para ser definidas por tener una limitada incidencia en el entorno urbanístico, en el de la seguridad o en su previsible repercusión medioambiental. No obstante, una declaración suscrita por técnico competente hará constar que la actuación urbanística que se solicita se adecua a la normativa que le es de aplicación.

Documentación necesaria

    1. Solicitud en impreso normalizado de Licencia Urbanística por el procedimiento simplificado debidamente cumplimentado
    2. Impreso de autoliquidación de la tasa correspondiente con justificante de haber realizado el pago en las entidades Bancarias Colaboradoras
    3. Impreso/formulario de Declaración de Residuos con la estimación de la cantidad, tipo y destino de los residuos a generar.
    4. Plano de situación del edificio, indicando su ubicación, parcela o solar, con el nombre y número de calle.
    5. Planos de situación actual y reformados a escala y acotados (plantas, secciones, alzados, instalaciones, etc) y fotos que ayuden a identificar las obras a realizar, con lo que facilitará la comprensión de la actuación y esto permitirá agilizar los trámites. Se aportarán cuadros de superficies construidas y computables (si se alteran los parámetros de Ocupación de suelo o Edificabilidad, firmados por técnico competente)
    6. Presupuesto de ejecución material de la obra valorado a precios reales del mercado, con descripción de unidades y precios unitarios, firmado por un técnico cualificado o por la empresa constructora, con su domicilio y C.I.F.
    7. Declaración de técnico o técnicos autores de la conformidad de lo proyectado a la ordenación urbanística aplicable, que incluya el certificado de viabilidad geométrica, en su caso.
    8. . En el supuesto de tener que aportar proyectos exigibles legalmente, que no sean de naturaleza urbanística, se aportarán dos ejemplares de proyecto/s técnico suscrito por técnico/s competente/s y una copia en soporte magnético (CD/DVD), con ficheros en formato DWG ó PDF
    9. Hoja/s de dirección facultativa suscritas por los técnicos responsables
    10. Autorización dela Comunidad de Propietarios si la obra afecta a fachada o a otros elementos comunes del edificio, cuando proceda.

Otros datos de interés

Modelo solicitud licencia procedimiento simplificado 

Licencia por Procedimiento Ordinario

Finalidad

Se tramitarán por el procedimiento regulado en esta Sección la nueva implantación o modificación significativa de las actividades sometidas a algún procedimiento de control medioambiental de la Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid o incluidas en la Ley 17/97 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y cualquier implantación de actividad en edificio de viviendas que pretenda ejercer su actividad entre las 23 horas y las 7 horas del día siguiente. También se tramitarán mediante procedimiento Ordinario aquellas solicitudes de licencia para actuaciones urbanísticas que requieran proyecto técnico de obras de edificación conforme a la legislación general de Ordenación de la Edificación para ser definidas, aprobadas y ejecutadas.

Documentación necesaria

    1. Solicitud en impreso normalizado de Licencia Urbanística por el procedimiento Ordinario debidamente cumplimentado.
    2. Impreso de autoliquidación de la tasa correspondiente con justificante de haber realizado el pago en las Entidades Bancarias Colaboradoras.
    3. Impreso Estadístico.
    4. Impreso/formulario de Declaración de Residuos con la estimación de la cantidad, tipo y destino de los residuos a generar.
    5. Plan de Gestión de residuos, firmado por técnico competente, pudiéndose desglosar para la fase de Proyecto Básico y Proyecto de Ejecución.
    6. Declaración de técnico o técnicos autores de la conformidad de lo proyectado a la ordenación urbanística aplicable, que pueda incluir el certificado de viabilidad geométrica, en su caso.
    7. Declaración del promotor de hacer colocado, en el lugar en el que se pretendan llevar a cabo la actuación, cartel anunciando la solicitud de y las características de las obras y actividad.
    8. Dos ejemplares de proyecto/s técnico suscrito por técnico/s competente/s y una copia en soporte magnético (CD/DVD), con ficheros en formatoDWG ó PDF.
    9. Los documentos gráficos que se incluyan en el proyecto y que contengan definición de superficies y cotas, estarán en formato DWG, siendo recomendable la presentación de los planos de planta que contengan las polilíneas que definan las superficies de Ocupación e Edificabilidad computables.
    10. Resto de documentación técnica exigible conforme a la legislación general de Ordenación de la Edificación, Ley de medidas de calidad de la edificación (Ley 2/1999) y cumplimiento del Código Técnico de la Edificación, así como copia de las autorizaciones, y en su caso, concesiones administrativas cuando sean legalmente exigibles al solicitante o acreditación de haber sido solicitadas.
    11. Hojas de los responsables de la dirección facultativa, en documento original o compulsado.
    12. l) Programa de autorización por partes autónomas de la obra o la aprobación de proyectos parciales en los casos que el promotor así lo solicite.
    13. Si la obra de una planta que precisa de previa parcelación, licencia de parcelación, o en su defecto justificación de la simultaneidad, aportando el documento de la solicitud de licencia de parcelación.
    14. Aval o garantía de ejecución simultánea de obras de edificación y urbanización, cuando proceda.
    15. o) Estudio de seguridad y salud o estudio básico de seguridad y salud.
    16. Justificación del cumplimiento de la Ley 8/1993 de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, cuando proceda.
    17. Justificación del cumplimiento del Real decreto Ley 1/1998 de infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
    18. Aval o garantía de ejecución simultánea de obras de edificación y urbanización, cuando proceda.
    19. Alineación oficial, cuando sea preceptiva.
    20. Estudio de Arbolado, que incluirá un inventario botánico y fitopatológico de cada uno de los pies arbóreos, completándose con una fotografía de cada ejemplar y un plano en el que se refleje la ubicación de los pies arbóreos y el trazado de las obras. En caso de que no se afecte arbolado, se deberá aportar una declaración de no afección a elementos arbóreos con la correspondiente documentación cartográfica que solape la actuación urbanística prevista con la vegetación arbórea existente en la parcela.

Otros datos de interés

pdfIconModelo solicitud licencia procedimiento ordinario 

Licencias Definitiva, de Primera Ocupación y Funcionamiento

Finalidad

    1. La licencia definitiva, incluirá la de Primera Ocupación y Funcionamiento tiene por objeto autorizar la puesta en uso de los edificios o instalaciones, tras comprobar que las obras y actividades han sido ejecutadas de conformidad con el proyecto y condiciones en que la licencia fue concedida y que se encuentran debidamente terminadas y aptas según las determinaciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico ,y en su caso, que el constructor ha cumplido el compromiso de realización simultánea de la urbanización y reposición, caso de haberlos dañado, de los servicios afectados.
    2. La licencia de Primera Ocupación constituye un requisito legal para la contratación definitiva de los servicios de suministro de energía eléctrica, agua, gas, telefonía y telecomunicaciones en los términos establecidos por la legislación urbanística de la comunidad de Madrid.
    3. Si las obras ejecutadas consisten en la construcción de viviendas en régimen de protección, la licencia de primera ocupación y funcionamiento no podrá concederse sin que se acredite la calificación definitiva de las mismas por el órgano competente de la Comunidad de Madrid.
    4. La licencia de Primera Ocupación y Funcionamiento no exonera a los solicitantes, constructores, instaladores y técnicos de la responsabilidad de naturaleza civil o penal propias de su actividad, de la administrativa por causas de infracción urbanística que derivase de error o falsedad imputable a los mismos, ni de las correspondientes obligaciones fiscales.
    5. En los casos que sea preceptivo, no podrá entregarse la licencia de primera ocupación y funcionamiento sin el previo depósito del Libro del Edifico y la declaración de alteración catastral correspondiente en el registro del órgano que resuelva sobre la licencia.
    6. La licencia de Funcionamiento que establece la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid para los locales y establecimientos de actividades incluidas dentro de su ámbito de aplicación se concederá en el mismo acto que la de primera ocupación y funcionamiento, por lo que la documentación indicada en los apartados anteriores deberá ser complementada con la establecida por la Ley y su normas de desarrollo.
    7. En el ejercicio de la potestad de inspección urbanística y con la finalidad de poder hacer un seguimiento de los distintos estados de la edificación, en las obras de nueva edificación y reestructuración total , el Ayuntamiento podrá inspeccionar, los estados de replanteo, estructura a nivel de calle, terminación de la estructura y finalización de la obra.
    8. Serán preceptiva la visita de los servicios municipales correspondientes al estado de finalización, que coincidirá con la precisa para la concesión de la licencia de Primera Ocupación y Funcionamiento. El resto serán facultativas.
    9. En todas las inspecciones que se realicen se levantará acta con los contenidos y efectos establecidos en el Art.192 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. En el resto de las obras las inspecciones urbanísticas se ajustarán a lo dispuesto en la citada Ley.

 

Documentación necesaria

    1. Justificante de autoliquidación de tasas
    2. Presupuesto definitivo de la obra ejecutada
    3. Certificado final de obra / instalaciones
    4. Justificante de presentación del impreso 902
    5. Libro del edificio
    6. Planos de estado definitivo (en su caso)
    7. Fotocopia declaración censal Mod. 036
    8. Fotocopia boletín instalación eléctrica, aire acondicionado, etc
    9. Medición justificativa del aislamiento acústico del local
    10. Plan de autoprotección (en su caso)
    11. Contratos de mantenimiento (incendios, chimenea, recogida de aceites)

Otros datos de interés

pdfIconModelo solicitud licencia funcionamiento 

Tasas Licencias

Licencias de apertura de actividades e instalaciones sometidas a procedimiento ambiental: Se satisfará la cantidad que resulte de la suma de las tarifas establecidas en los apartados a) y b), en función de la superficie afectada por la actividad y la potencia autorizada en kilovatios. a) Superficie afectada por la actividad: Los primeros 100 m2: 10,45 €/m2 Los que excedan de 100 m2 hasta 200 m2: 9,40 €/m2 Los que excedan de 200 m2 hasta 400 m2: 7,30 €/m2 Los que excedan de 400 hasta 10.000m2: 5,25 €/m2 Más de 10.000 m2: 3,40 €/m2 b) Potencia nominal: Los primeros 10 Kw: 19 €/kv Los que excedan de 10 Kw. hasta 20 Kw.: 26 €/kw Los que excedan de 20 Kw. Hasta 50 Kw.: 38 €/kw Los que excedan de 50 Kw hasta 100 Kw: 61 €/kw Los que excedan de 100 Kw. hasta 2.500 Kw: 2 €/kw. Más de 2.500 Kw.: 1 €/kw. 4.2. Licencias de apertura de actividades e instalaciones no sometidas a procedimiento ambiental: 4.2.1. Licencias con proyecto técnico: Se entiende como proyecto técnico el conjunto de documentos que definen las actuaciones a realizar, con el contenido y detalle que permita a la Administración municipal conocer el objeto de las mismas y su sujeción a la formativa aplicable. Se satisfarán la cantidad que resulte de la suma de las tarifas establecidas en los apartados a) y b) del apartado 4.1. Anterior, en función de la superficie afectada por la actividad y la potencia autorizada en kilovatios, corregida por la aplicación de un coeficiente de 0,65. 4.2.2. Licencias sin proyecto técnico: Por cada expediente tramitado se satisfará una tarifa de 315 €. 4.3. Licencias de Instalaciones generales de edificios: Se aplicará la tarifa que corresponda, en función de lo dispuesto en el apartado 4.1 del presente artículo. 4.4. Licencias de apertura e instalación de garajes Se aplicará la tarifa que corresponda, en función de lo dispuesto en el apartado 4.1 del presente artículo. La deuda tributaria resultante se reducirá por la aplicación de un coeficiente de 0,20. 4.5. Licencias de instalación de antenas de telefonía, de radiodifusión y televisión, y cualquier equipo de telecomunicación: Para las licencias de instalación de antenas sobre estructuras soporte apoyadas sobre el terreno o directamente sobre cubiertas o fachadas de edificios: 840 €. No están comprendidas en este apartado las antenas de cualquier tipo instaladas sobre edificios de uso residencial 4.6. Licencias para piscina: 4.6.1. Piscinas de viviendas unifamiliares y de uso colectivo de Comunidades de Vecinos, de hasta un máximo de treinta viviendas: 210 €. 4.6.2. Piscinas de uso colectivo de Comunidades de Vecinos, a partir de 30 viviendas: 850 €. 4.7. Licencias temporales para veladores: 420 €
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