Licencia de Apertura de Actividad en Parla

 

¿Cómo podemos ayudarte?

Somos especialistas en la redacción de documentación técnica y proyectos para solicitud de licencias de apertura y declaración responsable de actividad en Parla, pídenos presupuesto sin compromiso.

 

Margarita Vázquez
Margarita Vázquez
20 Junio 2023
Muy profesionales en el proyecto, te facilitan los trámites, 100% recomendable.
Lucas Prieto Feres
Lucas Prieto Feres
7 Junio 2023
Excelentes profesionales, muy buena atencion. Relación calidad precio, de lo mejor. No dudaría en trabajar nuevamente con ellos.
Fernando Vegue Pérez
Fernando Vegue Pérez
18 Mayo 2023
Un servicio muy profesional y de confianza. Muy buen trato y disposición a aclararte dudas y explicarte el proceso de obtención de la licencia. David y Eloísa son grandes profesionales y estoy muy satisfecho con el servicio recibido. 100% recomendable.
Fenix Centro de uñas
Fenix Centro de uñas
13 Marzo 2023
David es un profesional increible; te responde de inmediato y a parte es un gran profesional y con muchísimo tacto. Agradecer como no a Daniel tambien que ayudó con la primera tienda de uñas .No descarto volver a trabajar con ellos y los recomiendo con los ojos cerrados ya que son extremadamente efectivos y rápidos.
Guillermo Renter Valdovinos
Guillermo Renter Valdovinos
23 Febrero 2023
Da gusto trabajar con personas como David, asumen su compromiso y cumplen hasta el final, a pesar del paso del tiempo.
Javier Pastor
Javier Pastor
14 Enero 2023
Trabajo correcto y sin problemas. Muy profesional. Volveré a contar con ellos cuando abra mi segunda tienda. Muchas gracias!!
Paca Santos
Paca Santos
10 Enero 2023
Satisfecha con el trabajo realizado, buena tramitación y buen servicio, lo recomiendo.
Idecars Performance
Idecars Performance
10 Enero 2023
Serios y profesionales sin ninguna duda, ante varios problemas (ajenos a ellos), todos solucionados rápido y de manera muy profesional.
Abraham Biencinto Vega
Abraham Biencinto Vega
10 Enero 2023
No tenía ni idea de lo que teníamos que hacer y nos resolvió todo con sencillez. Muy recomendables, ágiles y honestos.
Pedro Bofill Asensio
Pedro Bofill Asensio
10 Enero 2023
Muchas gracias. Todo fue super sencillo. Gracias a ellos la parte más tediosa de nuestra aventura empresarial fue mucho más llevadera. Muy recomendable

Licencia de Instalación y Apertura de Actividad Calificada

Finalidad

Las que no figuren expresame nte en la relación de las Acti vidades Inocuas y otras análogas, siempre que superen los siguientes límites particulares establecidos para cada una de ellas y los generales para todas ellas.

Mínimos de carácter general:

    1. Aparatos de aire acondicionado que superen una potencia total de 6.000 frigorías/hora.
    2. Equipos informáticos que precisen una instalación de aire acondicionado de potencia superior a 6.000 frigorías/hora.
    3. Hornos eléctricos que superen una potencia de 10 kw.
    4. Potencia instalada que supere 3 CV.

Uso residencial:

    1. Garajes desde 6 plazas.
    2. Residencias comunitarias, incluidas casas de huéspedes, desde 151 m2

Uso Industrial: Superar los 150 m2 de superficie útil.

Comercios: Superar los 200 m2 de superficie.

Oficinas: Superar los 250 m2 de superficie.

Uso dotacional: Superar los 200 m2 de superficie

Documentación necesaria

    1. Solicitud de Licencia de Instalación de Actividad Calificada por TRIPLICADO, cumplimentada y firmada.
    2. Autorización del Presentador de la Documentación, en el caso de no ser el Titular de la Solicitud.
    3. Proyecto por DUPLICADO ejemplar Original y Visado por Colegio Profesional, incluyendo lo previsto en artículo 66 del PGOU de Parla.
    4. Documento Original y Visado acreditativo de encargo de Dirección Facultativa (facilitado por el autor del Proyecto).
    5. Declaración de Colindantes.
    6. Documento de Identificación Industrial y Vertido.
    7. Fotocopias del DNI y NIF (personas físicas).
    8. Fotocopia del CIF y Escritura Constitución Sociedad (persona jurídica).
    9. Fotocopia de la escritura del poder y NIF del representante de la sociedad (persona jurídica).
    10. Fotocopia del Permiso de trabajo y residencia (caso de extranjeros).
    11. Fotocopia de las Escrituras de Propiedad del local o Nota Simple del Registro de la Propiedad.
    12. Fotocopia de Contrato de Arrendamiento, si es inquilino.
    13. Declaración y Liquidación de Tasas de Licencia de Instalación de Actividad Calificada.
    14. Fotocopia Autorización o Concesión del Ministerio o de la Comunidad de Madrid (Estancos, Loterías, Farmacias, Clínicas, etc.).
    15. Fotocopia del Recibo del Contrato de suministro de energía eléctrica o Boletín de Electricidad.

Precio de Tasas de la Licencia de Actividad Calificada en el Ayuntamiento de Parla

Por cada Licencia de Instalación de Actividad Calificada tramitada:

    1. Autoliquidación Expedición de Documentos de 6,65 €.
    2. Autoliquidación de la Tasa, se satisfará la cuota que resulte de la suma de las tarifas establecidas, teniendo como base imponible:

a) Superficie afectada por la actividad, incluyendo tanto la construida como el resto de parcela afecta a la misma:

Hasta 50 m2 500,00 €
Exceso de 50 hasta 100 m2 12 €/m²
Exceso de 100 hasta 500 m2 10 €/m²
Exceso de 500 hasta 2000 m2 6 €/m²
Exceso de más de 2000 m2 4 €/m²

b) Potencia eléctrica: Si está expresada en Caballos de Vapor, se reduce a Kilovatios con la equivalencia: 1 CV = 0,736 Kw

Hasta 6 Kw 200,00 €
Exceso de 6 a 10 Kw 25 €/Kw
Exceso de 10 a 25 Kw 15 €/Kw
Exceso de 25 a 100 Kw 12 €/Kw
Exceso de 100 a 250 Kw 10 €/Kw
Exceso de 250 a 750 Kw 6 €/Kw
Exceso de más de 750 Kw 3 €/Kw

c) Depósitos de combustible:

Hasta 1 m³ 200,00 €
Exceso de 1 a 5 m³ 25 €/Kw
Exceso de más de 5 m³ 15 €/Kw

d) Potencia térmica:

Hasta 100 Mcal/h 50,00 €
Exceso 100 Mcal/h a 500 Mcal/h 3 €/Mcal/h
Exceso 500 Mcal/h a 3.500 Mcal/h 1,5 €/Kw
Exceso 3.500 Mcal/h 1 €/Kw

Coeficientes multiplicadores: a las cantidades obtenidas d e la aplicación de las tarifas señaladas, se les aplicarán l os coeficientes que a continuación se indican para las siguientes actividades:

ACTIVIDAD COEFICIE MULTIPLICADOR LETRA
Actividades financieras: bancos, cajas, oficinas de seguros… 3,4 A
Actividades de telecomunicaciones: nodos, antenas… 6 B
Actividades de pública concurrencia incluidas catálogo CAM 1,1 C
Bares especiales 2,3 D
Garajes asociados a viviendas o similar 1 E
Garajes de rotación 2,6 F
Piscinas comunitarias asociadas a uso residencial 1 G
Gasolineras y estaciones de servicio 3,7 H
Cajeros automáticos 5 I
Otras no incluidas en los anteriores 1 F

Reducciones: cuando el sujeto pasivo sea una PYME que realice su asentamiento en los polígonos industriales del municipio y reúna l os requisitos que se indican:

En el caso de empresas de nueva creación, generar al menos un empleo neto a jornada completa por un período de 2 años.

En el caso de empresas de nueva instalación en los polígonos industriales o ampliación de las ya existentes y no sean de nueva creación, tener una plantilla mínima de 5 trabajadores.

Cuando se trate de un traslado de empresas del casco urbano a áreas industriales, la plantilla mínima será de 2 trabajadores.

La tarifa a aplicar:

Nivel de Empleo Reducción
Entre 1 y 5 trabajadores 30%
Entre 6 y 10 trabajadores 40%
Másd de 10 50%


pdfIconDescargar documentación licencia actividad calificada 

Licencia de Actividad Inocua

Finalidad

Actividades Inocuas: las que a continuación se relacionan y otras análogas, siempre que no superen o contengan los siguientes límites particulares establecidos para cada una de ellas y los generales para todas ellas:

Límites de carácter general:

    1. Aparatos de aire acondicionado hasta una potencia total de 6.000 frigorías/hora.
    2. Equipos informáticos que no precisen una instalación de aire acondicionado de potencia superior a 6.000 frigorías/hora.
    3. Hornos eléctricos hasta una potencia de 10 kw.
    4. Potencia instalada hasta 3 CV, incluidos.

ACTIVIDADES INCLUIDAS

Uso residencial:

    1. Garajes hasta 5 plazas.
    2. Residencias comunitarias, incluidas casas de huéspedes, hasta 150 m2

Uso Industrial:

No superar los 150 m2 de superficie útil, salvo indicación expresa:

    1. Almacenes de artículos de construcción, excepto maderas, plásticos, pinturas y barnices.
    2. Almacenes de artículos de ferretería, excepto plásticos.
    3. Almacenes de electrodomésticos.
    4. Almacenes de peligrosidad baja de materias primas agrarias, productos alimenticios y bebidas.
    5. Almacenes de peligrosidad baja de textiles, confección, calzado y artículo de cuero.
    6. Talleres de armería (sin manipulación ni almacenamiento de productos explosivos o inflamables).
    7. Talleres de artículos de marroquinería y viaje.
    8. Talleres de confección de artículos textiles para el hogar.
    9. Talleres de encuadernación.
    10. Talleres de fabricación o reparación de aparatos eléctricos de medida, regulación, verificación y control.
    11. Talleres de fabricación o reparación de electrodomésticos.
    12. Talleres de máquinas de coser, máquinas de escribir y similares.
    13. Talleres de prendas de vestir (sastrería, camisería, guantería, sombrerería, zapatería, excepto calzado de goma, géneros de
    14. punto, bordados, peletería y similares).
    15. Talleres de relojería, bisutería, orfebrería y platería.
    16. Talleres de reparación de aparatos y utensilios eléctricos o electrónicos, ascensores y similares.
    17. Talleres de reparación de bicicletas y otros vehículos sin motor.
    18. Talleres de reparación de instrumentos musicales.
    19. Talleres de reparación de instrumentos ópticos y fotográficos.
    20. Talleres de reparación de juegos, juguetes y artículos de deporte.
    21. Talleres domésticos.
    22. Viveros de plantas y flores (sin limitación de superficie).

Comercios:

No superar los 200 m2 de superficie:

    1. Anticuarios y almonedas.
    2. Alquiler de trajes y disfraces.
    3. Alquiler y venta de cintas de video (video-clubs).
    4. Despachos de lotería y apuestas.
    5. Estudios fotográficos sin laboratorio.
    6. Exposición o venta de motocicletas, bicicletas y sus accesorios.
    7. Farmacia sin manipulación o almacenamiento de productos inflamables.
    8. Ferreterías y venta de artículos de menaje.
    9. Herbolarios.
    10. Juguetería y venta de artículos de deporte.
    11. Lavanderías y tintorerías (sólo recogida y entrega de prendas, sin lavado o limpieza de las mismas).
    12. Mercerías.
    13. Reproducción de documentos (excepto copia de planos con amoniaco o similares).
    14. Salones de belleza.
    15. Venta de aparatos e instrumentos ópticos, médicos, ortopédicos y / o fotográficos.
    16. Venta de armas y munición (sin manipulación).
    17. Venta de artículos de cerámica, vidrio y materiales de construcción.
    18. Venta de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.
    19. Venta de artículos de marroquinería y de viaje.
    20. Venta de artículos de regalo.
    21. Venta de artículos textiles para el hogar.
    22. Venta de electrodomésticos y material eléctrico.
    23. Venta de flores y plantas.
    24. Venta de libros, artículos de papelería y escritorio.
    25. Venta de material fonográfico y videográfico (discos, casetes de audio y video, etc.).
    26. Venta de muebles.
    27. Venta de prendas confeccionadas para vestido y adorno, incluidas zapaterías, bordados, bisutería y similares.
    28. Venta de productos alimenticios, bebidas y tabaco, excepto carnicerías, casquerías, pescaderías, bares y cafeterías.

Oficinas:

No superar los 250 m2 de superficie:

    1. Agencias de viaje.
    2. Clínicas veterinarias (consulta), sin radiología.
    3. Consultorios médicos sin hospitalización, radiología ni medicina nuclear.
    4. Dentistas, sin radiología.
    5. Despachos profesionales domésticos.
    6. Oficinas de administración.
    7. Oficinas de entidades financieras, de seguros, inmobiliarias y similares.
    8. Oficinas para alquiler de bienes y servicios en general.
    9. Oficinas privadas en general.
    10. Oficinas profesionales domésticas.
    11. Sedes de partidos políticos, organizaciones sindicales, profesionales, patronales, regionales, religiosas y similares, sin dotación de hostelería.

Uso dotacional:

No superar los 200 m2 de superficie:

    1. Academias, salvo baile, danza y música.
    2. Autoescuelas sin guarda de vehículos.
    3. Centros de culto.
    4. Centros de investigación sin repercusión medioambiental.
    5. Policlínica sin hospitalización, quirófanos, radiología ni medicina nuclear.
    6. Salas de exposiciones.

Documentación necesaria

    1. Solicitud de Licencia de Apertura de Actividad Inocua por TRIPLICADO, cumplimentada y firmada.
    2. Autorización del Presentador de la Documentación, en el caso de no ser el Titular de la Solicitud.
    3. Memoria de las instalaciones.
    4. Plano de situación del local.
    5. Plano a escala y acotado de la planta del local.
    6. Fotocopias del DNI y NIF (personas físicas)
    7. Fotocopia del CIF y Escritura Constitución Sociedad (persona jurídica).
    8. Fotocopia de la escritura del poder y NIF del representante de la sociedad (persona jurídica).
    9. Fotocopia del Permiso de trabajo y residencia (caso de extranjeros).
    10. Fotocopia de las Escrituras de Propiedad del local o Nota Simple del Registro de la Propiedad.
    11. Fotocopia de Contrato de Arrendamiento, si es inquilino.
    12. Declaración e Impreso de liquidación de Tasas de Licencia de Apertura Inocua y Expedición de Documentos.
    13. Fotocopia Autorización o Concesión del Ministerio o de la Comunidad de Madrid (Estancos, Loterías, Farmacias, Clínicas, etc.)
    14. Fotocopia del Contrato con Gestor Autorizado para la Gestión de Residuos (caso que proceda).
    15. Fotocopia del Contrato y Mantenimiento de Dos Extintores de eficacia mínima 21-A y 113-B.
    16. Certificación de Desinsectación y Desratización.
    17. Certificación por Técnico competente, Original y Visado por el Colegio Profesional correspondiente, acreditativa del cumplimiento de las condiciones de evacuación, extinción y protección contra el fuego de la estructura del edificio dentro del local, jus tificando las soluciones aplicadas conforme CTE DB-SI para este tipo de actividad.

Una vez aportada la documentac ión exigida, los técnicos muni cipales girarán visita de comprobación de actividad, debiendo obrar en el local los elementos y documentos siguientes:

    1. Cuadro eléctrico que constará al menos de: Interruptor general, Diferencial para alumbrado, y Diferencial para tomas de corriente.
    2. Botiquín y dotación del mismo.
    3. Contrato / Certificado de Contenedor cerrado y especial en servicios de señoras, no de pedal (en los casos que proceda).

Precio de Tasas de la Licencia de Actividad Inocua en el Ayuntamiento de Parla

La base imponible de la Tasa de Apertura de Actividades Inocuas estará constituida por:

    1. La superficie del local afectado por la actividad, incluyendo tanto la construida como el resto de la parcela afecta a la misma.

Por cada Licencia de Apertura de Actividad Inocua tramitada:

    1. Autoliquidación Expedición de Documentos de 6,65 €.
    2. Autoliquidación de la Tasa, se satisfará la cuota que resulte de la suma de las tarifas establecidas, teniendo como base imponible:

a) Superficie afectada por la actividad, incluyendo tanto la construida como el resto de parcela afecta a la misma:

Hasta 50 m² 400,00 €
Exceso de 50 hasta 100 m² 6 €/m²
Exceso de más de 100 m² 3 €/m²

Reducciones: cuando el sujeto pasivo sea una PYME que realice su asentamiento en los polígonos industriales del municipio y reúna los requisitos que se indican:

    1. En el caso de empresas de nueva creación, generar al menos un empleo neto a jornada completa por un período mínimo de 2 años.
    2. En el caso de empresas de nueva instalación en los polígonos industriales o ampliación de las ya existentes y no sean de nueva creación, tener una plantilla mínima de 5 trabajadores.
    3. Cuando se trate de un traslado de empresas del casco urbano a áreas industriales, la plantilla mínima será de 2 trabajadores.

El plazo máximo para la admisión de las solicitudes de aplicación de esta tarifa será de 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud de la licencia correspondiente. Este beneficio tributario se entenderá concedido bajo la c ondición resolutoria del mantenimiento de los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación a los dos años contados desde su concesión, debiendo presentar el sujeto pasivo en dicho momento justificación do cumental de tal extremo. En ca so contrario, se procederá a e fectuar liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada.

La tarifa a aplicar:

Nivel de Empleo Reducción
Entre 1 y 5 trabajadores 30%
Entre 6 y 10 trabajadores 40%
Másd de 10 50%

pdfIconModelos solicitud licencia inocua 

Acto Comunicado Obra Menor

Finalidad

Solicitud de Acto Comunicado (Licencia de Obra de cuantía menor hasta 20.097,00 euros) que NO requiere Proyecto Técnico Visado por el colegio respectivo por duplicado, cumplimentada y firmada.

Condiciones Generales:

    1. No afecta a la estructura del edificio, a distribución, a huecos, a la tabiquería o a las instalaciones comunes.
    2. No supone modificación de usos, condiciones de la actividad amparada por Licencia de Apertura, cambio de actividad, ni de titularidad.
    3. No precisa andamio, no afecta a la vía pública.
    4. No modifica la estructura, composición y materiales de la fachada.
    5. No precisa Dirección Facultativa.

Obras Interiores:

    1. Cambios de carpintería, colocación de persianas y rejas en viviendas bajas y unifamiliares.
    2. Solados, alicatados y pinturas de paramentos, cambio de peldaños, ya sean en viviendas y locales.
    3. Cambio de aparatos sanitarios, reparaciones de fontanería, etc. en vivienda colectiva cuando no se modifiquen las instalaciones comunes, ni la distribución de la planta.
    4. Reparaciones eléctricas en vivienda colectiva cuando no se modifiquen instalaciones comunes, ni la distribución de la planta.
    5. Colocación de toldos o similares (no tejadillos, ni estructuras fijas) en viviendas no situadas en fachada de planta baja.

Obras Exteriores, sin colocación de andamios:

    1. Pinturas o encalado de fachadas de planta baja.
    2. Arreglo de canalones y bajantes o cambio de elementos aislados de cubrición de cubiertas, sin afectar a la estructura de las mismas, ni modificar materiales, huecos o colores de cubrición.
    3. Zócalo en fachadas de edificios.

Obras en Solares, Jardines Privados o Parcelas:

    1. Limpieza, desbroce y jardinería, salvo talas de árboles.
    2. Solado de patios y bordillos y jardineras de fábrica sin cimentación.
    3. Movimientos de tierras con transformación de cotas de terreno en menos de 50 cm. que no requiera la realización de muros.
    4. Cerramiento de solares, terrenos y fincas urbanas de forma provisional.

Declaración de la Base Imponible: De acuerdo con lo establecido en las ordenanzas fiscales, si alguno de los elementos de la construcción, instalación u obra no se contempla en ninguno de las unidades de obra del anexo que figura en la solicitud, se determinará el valor del mismo en función del presupuesto presentado por el interesado.

Presupuesto de las Obras con material o mano de obra incluida, sin IVA: se deberá presentar en las siguientes obras:
– Obras comunitarias o instalaciones comunes (escaleras, puertas de entrada, portal, canalizaciones, instalaciones eléctricas, tejados, etc.)
– Montaje o desmontaje de andamios de todo tipo y descuelgues por la fachada.
– Reforma de todo tipo de instalaciones exteriores: canalizaciones, bajantes, fontanería, baja tensión, etc.
– Reforma de todo tipo de cubiertas o tejados (tradicional, transitable, retejos, etc.).
– Montaje de todo tipo de sistema de captaciones de señales o antenas.

Documentación necesaria

    1. Esta Solicitud de Acto Comunicado, por DUPLICADO, cumplimentada y firmada
    2. Descripción o Memoria de la Obra a realizar (tanto interior como exterior en el apartado de la descripción de la obra)
    3. Plano de Situación del Inmueble emitido en el Portal de la Sede Virtual del Catastro (necesaria la Referencia Catastral)
    4. Croquis Acotado de Planta y/o Alzado de la Obra a ejecutar, y según casos, situación Anterior y Posterior a la obra.
    5. Autorizaciones y Concesiones, si es necesario (Permiso de la Comunidad de Propietarios, Otros)
    6. Declaración de la Base Imponible por Módulos para la Tasa e Impuesto (modelo en esta solicitud y según descripción de la obra)
    7. Si no se Presenta la Declaración anterior: Presupuesto (precios de mercado) de Material y Mano de Obra sin IVA.
    8. Tasa e Impuesto de Actos Comunicados.
    9. Copia del Depósito Bancario de la Fianza por la Gestión de Residuos de Construcción o Demolición.

pdfIconSolicitud licencia obra menor

Precio de Tasas de Licencia de Obra Menor en el Ayuntamiento de Parla

Liquidación de la Tasa: se emitirá en el momento de la presentación de la solicitud en las oficinas del SAC, revisada la Declaración de la Base Imponible o el Presupuesto del Material y Mano de Obra (sin IVA) que presentó el solicitante. Debe abonarse en Bankia o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.

Depósito de la Fianza por la Gestión de Residuos de Construcción o Demolición: El solicitante, como productor de los residuos de construcción y demolición, presentará la estimación de la cantidad, tipo de residuos a generar, el destino previsto para los mismos y el depósito de una fianza o garantía financiera que garantice su correcta gestión. La cuantía de la fianza para los residuos generados es de 15,00 euros por cada metro cúbico, no pudiendo ser el resultado inferior al 0,2% del Presupuesto de la obra ni a 150,00 euros. Con carácter previo al otorgamiento de la licencia o autorización de las obras, los Servicios Técnicos Municipales determinarán la cuantía definitiva. Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra. Terminada la obra, solicitará la devolución de la Fianza , adjuntando el ingreso original bancario y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos. Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

Tasas, Impuestos y Fianzas:

    1. Tasa de 0,52% de la base imponible declarada o presupuesto total de ejecución sin IVA (hasta 20.097,00 euros), con un mínimo de 22,33 euros.
    2. Impuesto del 4% de la base imponible.
    3. Tasa de Expedición de Documentos: 7,41 euros.
    4. Depósito de la Fianza por la Gestión de Residuos: La cuantía de la fianza o garantía financiera equivalente será de 15,00 euros por cada metro cúbico de residuo que se prevé generar, no pudiendo ser el resultado inferior al 0,2 % del Presupuesto de la obra ni a 150,00 euros.

Tasa de Ocupación de Suelo Público:

    1. Plazo de presentación de la solicitud: 15 días hábiles después de la comunicación de dicho Acto, si el Ayuntamiento no ha requerido documentación, ha comunicado defectos o ha denegado la licencia.
    2. Sólo un contenedor: 3,35 euros por cada metro cuadrado o fracción de la vía pública ocupada, por cada 3 días o fracción.
    3. Andamio, valla: 10,01 euros/mes cada metro cuadrado o fracción de la vía pública ocupada hasta 3 metros de altura, 3,35 euros/mes por cada metro cuadrado de ocupación exceso de 3 metros de altura. Si la obra se realiza en local Comercial-Mercantil, se multiplica por 3.
    4. Grúa: 0,31 €/día por cada metro cuadrado o fracción de la vía pública ocupada.
    5. Corte al tráfico de calle: 1,12 euros/día por cada metro lineal/fracción de vía ocupada.
    6. Casetas: 0,28 €/día por cada metro cuadrado o fracción de la vía pública ocupada.
    7. Otras ocupaciones no descritas: 0,28 €/día por cada metro cuadrado o fracción de vía ocupada.
    8. Tasa de Expedición de Documentos: 7,41euros.

Denegación: en caso de denegación de la licencia, se reducirá un 50% la cuota de la Tasa y un 100% la cuota del Impuesto, no existiendo reducción por la Expedición de Documentos.

Desistimiento: en caso de desistimiento formulado por el solicitante, antes de que se adopte la oportuna resolución o se realice la actividad municipal requerida, se reducirá un 75% la cuota de la Tasa y un 100% la cuota del Impuesto, no existiendo reducción por la Expedición de Documentos.

Solicitud Cambio de Titular

Finalidad

Solicitud de cambio de titular de actividad calificada.

Documentación necesaria

    1. Solicitud Cambio Titular Licencia Apertura de Actividad Calificada por TRIPLICADO, cumplimentada y firmada.
    2. Autorización del Presentador de la Documentación, en el caso de no ser el Titular de la Solicitud.
    3. Documento de Cesión firmado por Cedente y Cesionario
    4. Documento de Identificación Industrial y Vertido.
    5. Fotocopias del DNI y NIF del Cesionario (en caso de persona física).
    6. Fotocopia del CIF y Escritura Constitución Sociedad del Cesionario (en caso de persona jurídica)
    7. Fotocopia de la Escritura del Poder y NIF del Representante de la Sociedad de Cesionario (en caso de persona jurídica).
    8. Fotocopia del Permiso de trabajo y Residencia del Cesionario (en caso de extranjeros).
    9. Fotocopia de las Escrituras de Propiedad del local o Nota Simple del Registro de la Propiedad.
    10. Fotocopia de Contrato de Arrendamiento, si el Cesionario es inquilino.
    11. Fotocopia Autorización o Concesión Ministerio o Comunidad de Madrid (Estancos, Loterías, Farmacias, Clínicas, etc.).
    12. Fotocopia del Contrato con Gestor autorizado de Residuos (caso que proceda)
    13. Declaración e Impreso de las Tasas de Cambio de Titular Licencia de Apertura de Actividad Calificada.


pdfIconSolicitud de Cambio de Titular en Parla 

Cambio de Uso de Local a Vivienda

Finalidad

    1. a) En el caso de que se permita la Autorización de este Cambio de Uso y para implantarlo sea necesario realizar obra, deberá solicitarse posteriormente la correspondiente Licencia de Obra Ordinaria. Posteriormente terminada la misma, deberá solicitarse la correspondiente Licencia de Primera Ocupación y presentar el Modelo 904N de Declaración Catastral por Cambio de Uso de Bienes Inmuebles.
    2. b) En el caso de que se permita la Autorización de este Cambio de Uso y para implantarlo no sea necesario realizar obra, deberá solicitarse posteriormente la correspondiente Licencia de Primera Ocupación y presentar el Modelo 904N de Declaración Catastral por Cambio de Uso de Bienes Inmuebles.

Documentación necesaria

    1. Solicitud, cumplimentada y por DUPLICADO
    2. Plano de Situación del Inmueble emitido en el Portal de la Sede Virtual del Catastro (necesaria la Referencia Catastral)
    3. Plano Acotado de Planta de la Distribución del Local en el Estado Actual
    4. Plano Acotado de Planta de la Distribución Propuesta de la Vivienda Resultante
    5. Copia de la Escritura de Propiedad del Local, Histórica de la División Horizontal del Edificio
    6. Si no es el Propietario: Autorización por Escrito y Fotocopia del Documento de Identidad del Propietario
    7. Criterios sobre la Monetarización de: Reservas de Zonas Verdes, Equipamientos y Plazas de Aparcamiento
    8. Reportaje Fotográfico del Estado Actual del Local
    9. Autorización de la Comunidad de Propietarios (Copia del Acta de la Junta donde se da la conformidad)
    10. Tasa por la Tramitación de Cambio de Uso

Precio de Tasas de Cambio de Titularidad de licencia de activiad en el Ayuntamiento de Parla

Liquidación de la Tasa del Cambio de Uso: se enviará por correo certificado. Su tarifa depende de la categoría de la calle y los metros cuadrados afectados por el cambio de uso. Debe abonarse en Bankia o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.

    1. Vía de 1ª Categoría, por cada metro cuadrado o fracción: 37,54 euros.
    2. Vía de 2ª Categoría, por cada metro cuadrado o fracción: 35,03 euros.
    3. Vía de 3ª Categoría, por cada metro cuadrado o fracción: 22,58 euros.
    4. Vía de 4ª Categoría, por cada metro cuadrado o fracción: 20,84 euros.
    5. Vía de 5ª Categoría, por cada metro cuadrado o fracción: 19,10 euros.

Liquidación de la Valoración-Monetarización del Cambio de Uso: se enviará por correo certificado. Su tarifa depende de la valoración que efectúe el Técnico de Urbanismo que monetarizará las reservas de zonas verdes, equipamientos y plazas de aparcamiento. Debe abonarse en Bankia o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.
pdfIconSolicitud Cambio de local a vivienda

 

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